KÉNOSIS

Portal del Padre Rafa

El aborto es un crimen

Autor: 
Umberto Mauro Marsich
Fuente: 
FC México

Por lo general las mujeres que han dicho ¡No! la maternidad por la vía de la destrucción de su propio feto, padecen el “Síndrome de la maternidad frustrada”, más allá de que sean practicantes o no de cualquier confesión religiosa. Por ejemplo, una reciente estadística levantada en Japón, donde el aborto se legalizó como medida más inapelable para controlar la natalidad, reveló que el 75% de las mujeres que abortan, de religión Shintoísta, padecían malestares o remordimientos psicológicos, a consecuencia de haber liquidado en vida intrauterina a sus propios hijos.

Así pues, más allá del tipo de religión que se practique, o mejor dicho que se malpractique, la secuela que deja en la mujer la práctica de esta clase de crímenes, es un hecho real.

¿La mujer que aborta, es la única culpable?

En la Ciudad de México, a pesar de la oposición de la Iglesia católica, el aborto inducido o voluntario se despenalizó civilmente desde 2007 a petición de la mujer hasta las doce semanas de embarazo en Ciudad de México. pero sigue siendo penalizado en 18 de las 31 constituciones de los estados mexicanos.

Por lo general, en el debate en torno al aborto sólo se culpa a la mujer y se se excluye la responsabilidad del hombre (hablando no sólo en el embarazo de la mujer, sino en el planteamiento de este hecho como un delito punible de oficio).

Refiriéndonos a las causas que propician el aborto, todo mundo opina pero pocos se refieren a la responsabilidad del hombre. Y la situación es grave, puesto que en un elevado número de casos “es el marido el que después de regañar a la mujer por descuidada, por dejarse embarazar, le dice que no quiere tener un hijo. Entonces, la mujer, presionada, aborta”.

En México ¿El aborto va a seguir siendo penalizado? Pues por lo menos que no se castigue solo a la mujer como única responsable de un acto en el que muchas veces es víctima. Si se castiga a los dos, es muy  probable que disminuya el número de abortos”.

Aunque las razones de Duran no excluyen de las responsabilidades a la mujer que aborto (y por lo tanto la única víctima es el hijo que asesina), no deja de no tener razón en que las leyes civiles deberían también penalizar al marido o al amante como autor intelectual de un crimen. Pero para que se vean lo distinto que son las leyes positivas, de las leyes morales, aquí tenemos un ejemplo: según el Derecho Canónico, que se ocupa también de esta materia, todos cuantos intervienen en un aborto, desde la mujer, el marido, la comadrona, el médico, las enfermeras, en síntesis todos cuantos procuran la realización de este asesinato, reciben la excomunión ipso facto, mientras que la ley civil a nadie más contempla que no sea la mujer.

La pena moral no es excesiva, independientemente de lo que digan las leyes civiles, pues en palabras de Mons. Felipe Aguirre Franco, Obispo de Tuxtla Gutiérrez, “el aborto es un crimen que debe ser castigado con todo el peso de la ley y no buscar atenuantes, porque quien priva de la vida a un ser que ya la tiene, no merece ninguna consideración”.

¿Qué es la excomunión?

Como su nombre lo indica, esta pena máxima en la legislación moral de la iglesia, excluye de la misma iglesia a quien incurre en algún caso digno de esta sanción. En el terreno práctico, la excomunión ipso facto no necesita que alguien la declare; simplemente la pena sobreviene en el momento en que se comete el hecho. La excomunión deja fuera de la iglesia, con todas las consecuencias, a quien incurre en ella.

De esta manera el excomulgado, no puede participar de ningún sacramento; necesitando confesar su culpa ante un canónigo penitenciario, autorizad expresamente por el Obispo, para conocer esta clase de faltas. O sea, nadie que este excomulgado puede confesarse con cualquier sacerdote, sino expresar su culpa ante el tribunal eclesiástico respectivo.

Ello implica, para quien sufre la pena de excomunión, correr el riesgo de morir en esas condiciones con todo lo que esto implica desde el punto de vista de la fe.

¿Cuántas excomuniones se puede recibir?

Para quien ha acudido varias veces a la práctica del aborto, como los dos casos que citábamos al inicio de este artículo, quizás se planteen interrogantes sobre el número determinado de excomuniones acumuladas en un solo individuo. Sin embargo, en este terreno, la cuestión no es aritmética, porque una sola excomunión bastaría como sanción canónica. Lo que ocurre en estos casos, es que el confesor penitenciario tendría que evaluar el número de casos para determinar la absolución moral del penitente.

No es que la mujer este siete o cuatro veces excomulgada, pero si, del número de abortos, dependerá el juicio del confesor en lo tocante a reintegrarla a la comunidad de la iglesia. Es obvio que aunque todo pecador arrepentido debe ser tratado con misericordia, hay que fijar la atención en que suprimir una vida humana no es un hecho normal, por más que se aleguen las “razones” que se quieran.

Al propósito, la Acción Católica, movimiento de laicos comprometidos, acaba de dar su testimonio sobre esta amarga realidad que en nuestro país se significa por un millón seiscientos mil abortos cometidos anualmente.

Así, en una declaración oficial, asienta que “el problema compete a todos los mexicanos por igual, creyentes o no creyentes, pues de la solución que den unos pocos (las autoridades) todos resultamos responsables. En esa dimensión social, los cristianos nos sentimos en primera línea de esa responsabilidad. Es por eso que una óptica cristiana demanda la ubicación de este como una destrucción ilegal de la vida; ante la cual, ningún atenuante económico, social o político, resulta valido. Creemos profundamente que Dios es el Creador del Hombre, quien lo hizo a su propia imagen. La vida no pertenece a nadie sino a Dios que es el creador de la misma; ni siquiera los padres que solamente son transmisores de ella. Por lo tanto ningún hombre esta facultado para derogar un derecho natural, por más que quiera apoyarse en una mayoría de votos”.

“La vida no es nuestra –sigue diciendo la A.C.– pertenece a Dios por lo que nadie puede, ni debe privar de la vida, de modo deliberado y directo, a un ser humano inocente; y menos privarlo con autorización de leyes artificiosas hechas exprofeso para dejar impunes a quienes atentan contra esa vida. Las leyes, por el contrario, deben proteger la vida, como el máximo fundamental de todos los derechos”.

Y es que –concluimos nosotros- las leyes humanas podrán despenalizar el aborto, pero ante Dios, este hecho sigue siendo un crimen.